Lunes, 2 de Junio de 2025
02/06/2025 02:57:05
Judiciales
Confirman la sentencia contra el exconcejal de Goya condenado por abuso sexual

Se trata de Guillermo Américo Córdoba, que fue condenado a 13 años de cárcel por abusar de tres mujeres a cambio de planes sociales.

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Viernes, 30 de mayo de 2025

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes, por unanimidad, confirmó La sentencia N° 108/24 dictada por el Tribunal de Juicio de Goya contra Guillermo Américo Córdoba, exconcejal de Goya y dirigente del Movimiento Evita. El exedil peronista fue condenado a 13 años de cárcel.

Delitos y condena

Los hechos ocurrieron entre el año 2022 y el 2023. Las víctimas fueron tres mujeres, militantes del Movimiento Evita y beneficiarias de programas sociales administrados por la organización. Tras el fallo del tribunal, Córdoba fue declarado penalmente responsable por los siguientes delitos:

• Abuso sexual con acceso carnal en modalidad de delito continuado (arts. 119 tercer párrafo y 55 a contrario sensu del Código Penal).

• Abuso sexual simple (art. 119 primer párrafo del Código Penal).

• Abuso sexual simple (art. 119 tercer párrafo del Código Penal).

Todos los delitos fueron considerados en concurso real (art. 55 del Código Penal) y en calidad de autor (art. 45 del Código Penal). En consecuencia, el tribunal resolvió condenarlo a trece años de prisión.

Fundamentación del fallo
El primer voto fue emitido por el Ministro Alejandro Chaín, cuya fundamentación fue respaldada por los otros cuatro ministros del STJ: Eduardo Gilberto Panseri, Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz.

En los párrafos finales de su voto, Chaín sostuvo:

“En consideración a lo expuesto, se advierte que, contrariamente a lo postulado por la casacionista, se presentaron en el caso indicios unívocos y circunstanciados que autorizaron a los magistrados sentenciantes a tener por corroborada la autoría del hecho, y que los fundamentos esgrimidos por la recurrente en su postulación no han logrado desvirtuar.”

“Por consiguiente, el Juez de Juicio ha observado las reglas de la sana crítica racional (de la lógica, la psicología y la experiencia común) en la valoración de los elementos probatorios incorporados al proceso, explicando cómo llega a la certeza sobre los acontecimientos investigados en la presente causa.”

“Por ello, encuentro la sentencia inamovible en sus fundamentos, la cual ha arribado a una solución que resulta inobjetable con los argumentos expuestos por el recurrente; correspondiendo rechazar los recursos de casación articulados por la defensa del imputado y confirmar la Sentencia N° 108/24 del Tribunal de Juicio con asiento en la ciudad de Goya (Corrientes).”

El fallo ratifica la responsabilidad de Guillermo Córdoba y rechaza los recursos de casación interpuestos por la defensa, dejando firme su condena a trece años de prisión.

Fuente: El Litoral


Viernes, 30 de mayo de 2025

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