Lunes, 3 de Noviembre de 2025
03/11/2025 19:39:57
Judiciales
La Fiscalía y la querella coincidieron en pedir la pena de ocho años de prisión para Walter Solan

Fue durante los alegatos. Además la Fiscal de Juicio, Dra. Daniela Di Tomaso, solicitó para el imputado la “inhabilitación especial absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos, en particular dentro de cualquier fuerza de seguridad”. Es por los delitos de “Lesiones graves doblemente agravadas por la relación de pareja (concubina y madre de su hijo) y por mediar violencia de género” y “Desobediencia judicial”, cuya víctima fuera su expareja, Silvana Coronel. La funcionaria judicial, aseveró que durante el juicio “se probó que Solan atacó brutalmente a su víctima, causándole lesiones graves”, y enfatizó “Solan no solo traicionó la confianza de su pareja dañándola de una manera espantosa sino que también traicionó su uniforme y el juramento que un día hizo a la sociedad”. Por su parte, la querella, ejercida por la doctora Alejandra Tejeda pidió que “el fallo sea un precedente” y remarcó “no debe haber espacios para la impunidad en los delitos contra la mujer”.

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Domingo, 5 de octubre de 2025

El pasado viernes, se llevaron a cabo los alegatos de parte, en el juicio oral que trata de establecer la responsabilidad penal de Walter Solan, acusado de los delitos “Lesiones graves doblemente agravadas por la relación de pareja (concubina y madre de su hijo) y por mediar violencia de género” y “Desobediencia judicial”, cuya víctima fuera su expareja, Silvana Coronel.

La audiencia comenzó a las 8 hs, con la sala de debate repleta de público.

La primera en alegar fue la Dra. Daniela Di Tomaso, Fiscal de Juicio, que sostuvo ante el Tribunal, “no estamos acá para analizar un simple conflicto de pareja, peleas por celos o denuncia por despecho como intentó introducir la defensa. Este Ministerio Público Fiscal, acusó a Solan para que sea juzgado por los actos criminales ejercidos, que han dejado secuelas físicas y psicológicas profundas en Silvana. Secuelas que trascienden al horror vivido por ella e impacta también en sus hijas, menores de edad al momento de los hechos, víctimas indirectas, tal como hemos escuchado en esta audiencia de debate”.

La funcionaria judicial valoró varios elementos como objetos de pruebas: “el relato de Silvana, que afortunadamente no fue una de las 252 víctimas de femicidio que en Argentina se registraron: 1 cada 35hs. Tuvimos la oportunidad de escucharla, y con gran valentía y determinación nos pudo contar de forma consistente cómo el acusado la tomó del cuello, la arrojó al piso, se colocó sobre ella y la golpeó con sus rodillas en las costillas hasta fracturarla, mientras la sujetaba del cabello y le aplicaba maniobras de reducción. Un testimonio que la Psicóloga Forense, Licenciada Vilma Acevedo, describió como coherente, sin ningún tipo de fabulación. Con evidentes signos de angustia y alteraciones que condicionaban su conducta y el normal desarrollo de sus actividades diarias” añadió sobre la prueba médica “está corroborado científicamente por el informe médico legal realizado por el médico policial que la revisó, Dr. Carlos Vizcaíno, que constató una fractura de arco costal flotante izquierdo y un traumatismo renal. A esta prueba objetiva y científica, se suma el diagnóstico por imágenes de la ecografía renal que confirma el daño. Y a la explicación profesional dada en esta sala por el médico policial que fue claro al decir que la lesión fue producida por un trauma, y por la ginecóloga de Silvana Dra. Verónica Fridman -testigo de la defensa- quienes descartaron cualquier tipo de relación entre las lesiones halladas relacionadas al hecho y el antecedente clínico de cólicos renales que sufrió la víctima un año y medio antes, es decir en marzo 2021”.

La Fiscal, ponderó los testimonios de las hijas de la víctima, que contaron episodios de violencia y que la madre estaba muy dolorida y no podía levantarse de la cama.

Por otra parte, destacó el testimonio de la hermana de Silvana, Beatriz Elizabeth Coronel, “quien desde Buenos Aires la empujó a hacer la denuncia. Silvana no quería, minimizaba la situación, lo que es habitual en las víctimas de género. Beatriz nos contó que Silvana le confesó que estaba quebrada y le dijo que o hacía la denuncia o ella viajaba hasta acá para hacerla y es allí cuando finalmente Silvana se acerca a la Comisaría de la Mujer”.

Di Tomaso sostuvo, “Silvana era víctima de una sistemática violencia de género, la defensa intentó poner en duda su denuncia, basándose en que denunció días después. Las víctimas de violencia de género no hablan cuando quieren, sino cuando pueden, cuando tienen un lapso de fortaleza entre tanto dolor; Silvana creyó el personaje que Solan le hizo creer: poderoso e intocable. Silvana tenía un temor fundado en que todo iba quedar en la nada y aun así, muerta de miedo, tenía la esperanza de que podía retomar la familia que un día soñó; Solan sabía todo esto y lo usó a su favor”.

Sobre la manipulación psicológica ejercida sobre Silvana Coronel, la Fiscal argumentó “la prueba más categórica de esta manipulación es el archivo de Word que el acusado redactó y le envió a la víctima. Este documento, que pretendía que ella presentara para desistir de la denuncia, es una pieza clave. En él, Solan construía un relato falso donde la víctima debía reconocer estar desequilibrada emocionalmente y negar la violencia, mientras lo enaltecía a él como una figura inocente. La constatación efectuada por el Equipo Técnico Interdisciplinario de este Ministerio Público Fiscal a cargo de la Lic. en Criminalística, María Eugenia Aromí, demostró que este archivo fue creado en una computadora denominada con usuario YAPEYÚ, lugar donde el acusado prestaba servicios en ese momento, vinculándolo directamente con su autoría. Este acto de manipulación no es un hecho aislado. Es la prueba definitiva del control psicológico que ejercía sobre ella y de su intención de eludir la justicia a toda costa” y añadió “esta desobediencia, configura sin ninguna duda el tipo previsto en el art. 239 del CP. Solan desobedeció a una jueza de familia que, en el legítimo uso de sus funciones, le ordenó que no podía acercarse a Silvana. Él lo sabía, no le importó”.

Para finalizar, Di Tomaso subrayó ““Solan no solo traicionó la confianza de su pareja dañándola de la manera espantosa en la que lo hizo y destruyendo su familia; también traicionó su uniforme y el juramento que un día hizo a la sociedad y agregó “Su conducta ensucia el trabajo de esos buenos funcionarios, como el Oficial Matías Gimenez, quien al enterarse de los hechos, le dijo a la víctima que él no permitiría "funcionarios con este tipo de actitud" en su grupo, alentándola a Silvana a denunciar, o como la Comisario Bambil que ofreció a Silvana enviarle un patrullero para buscarla y así realizar la denuncia, y las oficiales Villalba y Rivero que empáticamente y desde su lugar, la han sabido escuchar con respeto. Ellos -como otros con los que a diario me toca trabajar- es la Policía que la sociedad respeta, no la que Solán representa. El uniforme le quedó grande”.

La Fiscal pidió la pena de ocho años de prisión para Walter Solan, e inhabilitación especial absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos, en particular dentro de cualquier fuerza de seguridad.

Luego fue el turno de la querella, representada por la Dra. Alejandra Tejeda, quien adhirió a los dichos de la Fiscal de Juicio.

En su alegato, la letrada aseveró que “con claridad, contundencia y certeza se probó la autoría penal de Solan. Los testimonios no tienen fisuras y refuerzan la declaración de la víctima”.

La letrada remarcó el testimonio de una de las hijas menores de Silvana Coronel, “que confirmó los hechos de violencia, describiendo el clima permanente en el que vivían. Es una testigo directa que da precisiones y sorprende su valentía, su testimonio fue coherente y contó que su madre no se levantaba”.

Tejeda distinguió los testimonios de la hermana de la víctima, Beatriz Elizabeth Coronel “que en esta sala se quebró, y cuando supo los hechos le exigió a Silvana que haga la denuncia”. Asimismo valoró las declaraciones de Ana Velazco y Etelvina Rosales, quienes coincidieron con "sus relatos de los hechos aberrantes, las lesiones físicas y un estado emocional quebrado de la víctima”, prosiguió diciendo “angustia persistente, conducta de minimización de la agresión, lo que da la pauta de la denominada dinámica de la violencia de género”.

En relación a la preparación técnica y física del imputado, la querellante argumentó “el acusado no solo agredió físicamente a Coronel, sino también hizo valer su preparación física que le brindó la fuerza policial”.

En el final de su alegato, Tejeda fue categórica “este fallo debe ser un precedente, no debe existir un contacto político, ni funcionarios que golpeen la puerta de sus jefes para pedir protección. Si el funcionario policial fue así con una mujer, madre de su hijo, y cometió esto, no me quiero imaginar lo que sería con un detenido que es encontrado culpable. Quiero ser clara en esto, no debe haber espacios para la impunidad en los delitos contra la mujer”. Por todo ello solicitó la pena de ocho años de prisión para Walter Solan.

Posteriormente, y después de un breve cuarto intermedio, concluyó el alegato, la defensa representada por el Dr. Hermindo González (mañana se publicaran sus conclusiones).

Éste próximo martes, el Tribunal de Juicio Unipersonal, constituido por el Dr. Marcelo Fleitas y asistido por el Dr. José Monti, escuchará las réplicas de las partes, y deberá decidir sobre la responsabilidad penal que le cabe a Walter Solan.

Por Ignacio Villanueva




Domingo, 5 de octubre de 2025

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