Judiciales
En audiencia de control de la acusación por el caso Ester Velázquez, el juez rechazó planteos de la defensa del imputado
Se desarrolló ayer en la OFIJU. Carlos Vischi, abogado defensor de Javier Solís, solicitó la nulidad de los elementos de prueba y la absolución de su defendido. Por otra parte criticó la labor del Ministerio Público Fiscal. El Fiscal de Garantías, Facundo Sotelo y la querella, representada por Sebastián Pardo, se opusieron al pedido de la defensa, y sostuvieron la acusación contra Solís por el delito de “Homicidio doblemente agravado, en grado de tentativa, por la relación de pareja y por mediar violencia de género”. Al finalizar, el Juez de Garantías, Daniel Insaurralde, no dio lugar al pedido de la defensa y ratificó que se mantendrá la acusación formal.
Miércoles, 10 de septiembre de 2025

Ayer a las 12 hs se desarrolló tal como estaba prevista en la Oficina Judicial (OFIJU), la audiencia de Control de Acusación.
El Juez de Garantías, Daniel Insaurralde, presidió la audiencia.
El abogado Carlos Vischi, defensor del imputado Javier Solís, presentes ambos en la sala, solicitó ante el magistrado, “la nulidad de los elementos de pruebas presentados contra su defendido, por considerar que son contradictorios. También pidió la absolución de Solís, por entender que “la conducta imputada no constituye delito alguno, por atipicidad”, en ese sentido rechazó la acusación.
En un tramo de sus argumentos, Vischi, cuestionó la labor del Fiscal, dijo “el Ministerio Público Fiscal debe fundar y sustentar la acusación, no elegir la prueba, su función es objetiva, su función es estatal, debe velar por eso, y esa función no se puede evadir”.
El Fiscal de Garantías, Facundo Sotelo, que estuvo acompañado por la víctima, Ester Velázquez, le respondió que “no resiste el menor análisis la presentación de la nulidad y la absolución por atipicidad”.
Sotelo aseveró que “existen pruebas testimoniales, elementos técnicos, objetos secuestrados y constancias médicas, que acreditan la responsabilidad del imputado”. Por otra parte sostuvo que “la acusación es clara, concreta y determinada”.
Por su parte, el abogado querellante, Sebastián Pardo, adhirió a los dichos del funcionario judicial, subrayando que “la explicación del fiscal es exhaustiva y precisa”.
En relación al planteo de la defensa, Pardo aseveró “si hubo distintas versiones, las mismas no pueden ser despegadas del hecho traído aquí” y recordó que la víctima “sufrió doble fractura de cráneo y perdió un ojo”.
Por último, remarcó que “la acusación es sólida, contundente, con pruebas abundantes y concordantes”.
Al finalizar, las argumentaciones, el Juez resolvió no hacer lugar a los planteos de la defensa de Solís y mantuvo la acusación formal por “Homicidio doblemente agravado, en grado de tentativa, por la relación de pareja y por mediar violencia de género”, por considerar que “es un hecho que reúne las características para esta calificación”
El magistrado entendió que “la acusación es circunstanciada, clara y precisa” y añadió que no advirtió la “atipicidad” señalada por la defensa.
El hecho ocurrió el 7 de agosto del 2023, en una vivienda cercana al barrio La Coral, pero la denuncia fue realizada días después, cuando la víctima obtuvo el alta médica.
La mujer denunció que el hombre le cuestionaba sus salidas, la celaba, pese a estar separados.
Siempre según la denuncia, la atacó con una barreta con la que le desfiguró el rostro, le disparó con un arma de fuego y además intentó prenderle fuego en su propia casa, la cual terminó totalmente destruida.
Por Ignacio Villanueva
Miércoles, 10 de septiembre de 2025