Judiciales
La defensa de Solán rechazó los argumentos de la acusación y tildó de “mentirosos” a los relatos de los hermanos Alves Rubín
Fue en la última audiencia de alegatos. El Dr. Hermindo González, cargó contra la querella y la Fiscalía, y tuvo duros conceptos con los hermanos Alves Rubín. Luego el Tribunal, deliberó y resolvió la absolución de los cuatro policías imputados, por los cargos de “Allanamiento ilegal”, por considerar prescripta la acción penal y a su vez los condenó por el delito de “Violencia y Amenazas”. Tanto las defensas de los imputados, como la querella, recurrirán, cada uno por su lado, la decisión del Tribunal. Sin embargo estos coinciden en que “no corresponde la prescriptibilidad de la causa, tratándose de funcionarios públicos” y también objetaron “en el caso de Solán, no le correspondería una prisión en suspenso, ya que cumple actualmente una condena efectiva”.
Miércoles, 10 de junio de 2026

Ayer se realizó la última audiencia de alegatos, en el juicio, oral y público, contra cuatro policías, imputados por los supuestos delitos de “Allanamiento ilegal, privación ilegítima de la libertad con abuso funcional agravada por el medio de comisión (violencia y amenazas) en concurso real”, cuyas víctimas fueron los hermanos Alves Rubín, por un hecho ocurrido en febrero del 2020.
La audiencia comenzó a las 8 de la mañana, el Dr. Hermindo González, abogado defensor del exfuncionario policial, Walter Solán, de manera virtual, alegó durante una hora y diez minutos.
González, realizó un alegato duro contra la querella, el Ministerio Público Fiscal y los denunciantes, hermanos, Alves Rubín.
Negó las acusaciones, “no estamos ante un allanamiento clandestino, ni detenciones clandestinas, estamos ante el análisis de un actividad oficial. No alcanza con el testimonio de una persona, es muy superflua, como prueba”, prosiguió diciendo “la actuación policial, cuenta con un apoyo inexorable de elementos, entre ellos; el Fiscal estuvo al tanto de todo; de los informes de la guardia, surgen de que hubo una pelea en la costanera a las 21:30 hs y hacia allí se dirigió una comitiva policial”.
Cargó contra los hermanos, Alves Rubín “la declaración de los hermanos, fueron falaces, tuvimos que oír en las audiencias, cosas falaces, no pueden venir a mentir así. Ya vinieron con esta actitud de mentir desde el momento inicial de las actuaciones, cuando los hechos no ocurrieron de esa manera”, y refirió al caso del personal policial Encina señalado en la rueda de reconocimiento “lo que dijeron sobre Encina es increíble, lo sindicaron como autor del hecho, cualquier cosa… Encina no formó parte de esa comisión policial, ni jamás estuvo en el lugar, pero lo tenían que sostener en la acusación porque tenían que llenar ese vacío de pruebas y sostuvieron esa brutal mentira”.
Prosiguió diciendo, “mintieron cuando dijeron que no fueron atendidos por ningún médico, mintieron cuando dijeron que ellos no sabían que estaban imputados, pero claro, si ellos decían la verdad, esta causa ni se iniciaba. Tenemos que seguir creyendo en un relato de personas que han venido a macanear y mentir en este juicio”.
González, calificó a los testimonios de los familiares de los hermanos, Alves Rubín, como de “sesgo familiar”, amplió “solo tenemos testimonios del padre, un hermano, cuñada, que no pueden acreditarse como prueba, sino su análisis debe ser a partir de relatos mentirosos”.
Por otro lado, cuestionó la labor de la querella, y del MPF, al plantear “estuvieron detenidos –en referencia a los hermanos, Alves Rubín- con otros presos, nunca en 6 años se los convocó a los otros presos, para que cuenten la verdad, ¿saben por qué? Porque eso que denuncia no ocurrió nunca, si declaraban otros detenidos, iban a contar sobre un hecho que jamás ocurrió” y enfatizó “el que miente en parte, miente en todo”.
Sostuvo “la Fiscal dijo que los hechos de la costanera, no son los traídos a juicio, pero hay que señalar, que la situación del domicilio de Yatay, no hubiera operado sin el hecho de la costanera” y agregó “todos los que estamos aquí sabemos que es mentira que para hacer una requisa se debe tener la orden de un juez, el procedimiento traído a juicio, fue un trámite ordinario. La policía actuó de manera preventiva para evitar un hecho más gravoso, la actuación de Solán fue lícita, de acuerdo a las normas establecidas”.
Insistió “las denuncias sufrieron un déficit de magnitud importante y con un vacío que la acusación no pudo probar con el grado de certeza que habilite al Tribunal a una condena a mí defendido. Tampoco pudieron probar que hubo dolo en el delito que se le acusa, es decir, resulta insuficiente para romper el estado de inocencia de mi defendido”.
En el final de su alegato, el defensor, solicitó la absolución de Solán, en los delitos que se le imputó y también pidió que Fiscalía investigue un “supuesto” delito de falso testimonio de los hermanos Alves Rubín y que se ordene su detención.
Tras escuchar el alegato, el Tribunal de Juicio, presidido por el Dr. Gustavo Ifran, preguntó a los cuatro imputados si querían decir algo, antes de conocer la sentencia. El único que se expresó fue Julio Gomez, que rechazó los cargos en su contra.
Luego el Tribunal, entró a deliberar, prácticamente por el término de una hora y resolvió absolver por el delito de "Allanamiento ilegal", por prescripción de la acción penal, a los funcionarios policiales, García. Gómez, Solán y Salemi y condenar a los mismos a la pena de 3 años de prisión en suspenso y el doble de inhabilitación por los delitos de "Violencia y amenazas". El fallo del Tribunal fue por unanimidad.
Esta redacción en contacto con las distintas partes, pudo saber que recurrirán cada uno por su lado, lo resuelto por el Tribunal en primera instancia, esto es tanto las absoluciones como las condenas.
Hubo disconformidad por la sentencia, pero en un punto, tanto las defensas como la acusación, coinciden: “la prescriptibilidad de la causa, no correspondería ya que en este caso se trata de funcionarios públicos”.
El Dr. Rodrigo Olivera Mansilla, abogado querellante, manifestó “voy a casar la sentencia porque para mí no está prescripto (en relación al delito de Allanamiento ilegal), hubieron actos interrumpidos, el último acto fue la elevación de la causa a juicio, donde se estableció toda la requisitoria de la causa a juicio, que fue el año pasado, es decir se volvió a suspender el plazo, hasta que empezó el juicio pero primero vamos a ver cuáles fueron los fundamentos de los jueces”.
Para los defensores, “la sentencia, va tener falencias”, entre ellas ejemplifican, la sentencia a prisión en suspenso, dictada ayer contra Walter Solán, “en este caso Solán, ya cumple una pena actualmente a 6 años de prisión – por una condena reciente de violencia de género- por lo cual está condena, que es posterior, no puede ser en suspenso, debería ser efectiva, eso no se explicó bien, no se entiende”.
Los fundamentos de la sentencia, se conocerán, la próxima semana, de igual modo, este proceso judicial, promete extenderse por un largo tiempo.
Por Ignacio Villanueva
Foto:Doctor Hermindo Gónzalez, alegando ante el Tribunal de Juicio, de forma remota.
Miércoles, 10 de junio de 2026