Institucionales
Comunicado institucional del Colegio de Abogados
El Colegio de Abogados de la IV Circunscripción Judicial, en cumplimiento del mandato conferido por los artículos 24, inciso j), y 33, inciso 6°, del Decreto Ley N.º 119/2001, reafirma su compromiso con la defensa del libre e independiente ejercicio de la abogacía y expresa su enérgico repudio a toda manifestación injuriosa o descalificante dirigida contra profesionales del derecho por el solo hecho de ejercer la defensa técnica de una persona sometida a proceso.
Miércoles, 15 de julio de 2026

El ejercicio de la defensa constituye una garantía esencial del Estado de Derecho. La presunción de inocencia, consagrada por el artículo 18 de la Constitución Nacional y el artículo 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, protege a toda persona hasta la existencia de una sentencia firme. En ese marco, el abogado no se identifica con la conducta atribuida a su defendido; cumple una función constitucional indispensable para asegurar un juicio justo.
Asimismo, el artículo 5° del Decreto Ley N.º 119/2001 establece que el abogado, en el ejercicio profesional, debe recibir la misma consideración y respeto que los magistrados. Del mismo modo, el artículo 3° de la citada norma no contempla incompatibilidad alguna que impida a un abogado asumir una defensa penal por desempeñar un cargo público, por lo que exigir una renuncia por ese solo motivo carece de sustento legal.
Este Colegio comprende y acompaña el legítimo dolor de quienes reclaman justicia. Sin embargo, ese reclamo no puede derivar en agresiones o estigmatizaciones hacia quienes cumplen con el deber profesional de garantizar el derecho de defensa, reconocido también por el artículo 7°, inciso d), del Decreto Ley N.º 119/2001.
Defender no significa compartir ni justificar una conducta. Significa hacer efectiva una garantía constitucional que protege a todos los ciudadanos.
El Directorio del Colegio de Abogados de la IV Circunscripción Judicial reafirma su compromiso con la defensa de la dignidad de la profesión, la independencia de la abogacía y el fortalecimiento permanente del Estado de Derecho.Miércoles, 15 de julio de 2026