Judiciales
Dos de los hermanos acusados del asesinato de Milagros Espinoza fueron absueltos de culpa y cargo y el tercero fue declarado culpable
Lo resolvió al mediodía el Tribunal de Juicio de Paso de los Libres. Cristian Espíndola fue encontrado penalmente responsable del delito “Abuso sexual seguido de muerte” cuya victima fuera Milagros Espinoza de 14 años. En tanto que Jorge Espíndola y Nicolás Espíndola, fueron absueltos y quedaron en libertad por considerar el Tribunal, que “no existieron pruebas de certezas” que acrediten sus responsabilidades en el hecho juzgado. El Juez Pardo, de manera sucinta, en sus argumentos dijo que “la acusación no fue clara, ni circunstanciada, ni precisa con la conducta de cada uno de los imputados”, pese a ello “quedó probada la participación de Cristian en el hecho”. Por otro lado, dijo que se juzgó desde una “perspectiva de género y derechos de la niñez” y señaló que la “figura penal que mejor encajaba con los hechos era la de Femicidio”. El miércoles próximo se conocerá la pena que le impondrá el Tribunal a Cristian Espíndola.
Lunes, 14 de septiembre de 2026

Esta mañana se llevaron adelante en la sala del Tribunal de Paso de los Libres, los alegatos de las partes en el juicio oral por la espeluznante muerte de Milagros Ramona Espinoza la adolescente de 14 años violada y asesinada en mayo del 2024 en la localidad de Monte Caseros.
Tres hermanos eran los acusados, Cristian Jonathan Espíndola, Jorge David Espíndola y Nicolás Agustín Espíndola. Los dos primeros, acusados por el supuesto delito de “Abuso sexual seguido de muerte”, en tanto que sobre el tercero de los hermanos, pesaba una imputación por el supuesto delito de “Partícipe secundario”.
Entre el público presente hoy, estuvo la madre de la víctima, Nicasia Caballero y familiares, acompañados por integrantes de la “Fundación Miguelito Rosbasco” de la localidad de Monte Caseros.
Luego de escuchar los alegatos (en los siguientes artículos los iremos publicando), el Tribunal de Juicio, presidido por el Dr. Marcelo Pardo, y acompañado por los vocales, Marcelo Fleitas y Ramón Quebedo, entró a deliberar media hora para luego dar a conocer su veredicto de culpabilidad o inocencia.
Al regresar, el juez Pardo, como lo exige el nuevo Código Procesal Penal, de manera sucinta fundamentó la decisión a la que arribó el Tribunal.
Dio lugar parcialmente a la solicitudes de la Fiscalía y la querella, pero advirtió que “la acusación estaba llena de adverbios, adjetivos y conjeturas” sobre los ocurrido, y remarcó “la acusación no fue clara, ni circunstanciada, ni precisa con la conducta de cada uno de los imputados”.
Pese a ello, siguió explicando, “quedó probada la participación de Cristian en el hecho”, destacando que se juzgó “desde una perspectiva de género y derechos de la niñez, ya que esto es una obligación que tenemos como estado”.
En cuanto a la responsabilidad penal de Cristian Espíndola, se lo declaró culpable, ya que “quedó probada su participación en el hecho, las pruebas que recolectamos lo ubican como responsable”.
El juez, fue categórico al señalar “Cristian se mostró confeso de tener relaciones sexuales con una menor de edad… eso es un delito”.
En relación a las situaciones de Jorge Espindola y Nicolás Espíndola, aseveró “no existen pruebas de certezas que acrediten sus responsabilidades en el hecho”, agregó “la aserción del hermano (Nicolás), al decir FUERON ELLOS, es lo único, después no existe ningún otro elemento que lo sindique como responsable (se refiere a Jorge)”.
Por otro lado, el magistrado, objetó la figura penal con la que llegaron a juicio, sostuvo “Femicidio era la figura penal de mejor encaje con lo ocurrido, como por ejemplo el caso Mangeri” y culminó diciendo “nosotros estamos para interpretar la ley y aplicarla, no para modificarla”.
Nicolás y Jorge, ambos hermanos recuperaron la libertad, al considerarlos inocentes.
A Cristian se le ratificó la prisión en el Servicio Penitenciario de Paso de los Libres y deberá esperar hasta el miércoles, donde conocerá la pena que le impondrá el Tribunal de Juicio, en una nueva audiencia.
Por Ignacio Villanueva.
Lunes, 14 de septiembre de 2026