Judiciales
La justicia ordenó a Emanuel Polo eliminar publicaciones que involucran a adolescentes
Lo dispuso ayer la Jueza de Familia, Marta Legarreta, y obedece la decisión a proteger la identidad de menores de edad, victimas, que atraviesan por un proceso judicial. Emanuel Polo, se encuentra con arresto domiciliario, y sobre él pesan dos condenas firmes por violencia de género y desobediencia judicial; el mencionado publicó un video de una audiencia judicial, en el que expone a las adolescentes. La Asesora de Menores, peticionó al resto de los medios periodísticos, no publicar contenidos en el futuro que permitan identificar a las víctimas (menores de edad). En la misma línea, el pasado viernes, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, a través de un fallo, había ordenado, no difundir contenidos que permitan identificar a un niño vinculado con un caso reciente.
Jueves, 8 de octubre de 2026

En una medida que busca proteger, los derechos a la intimidad, la dignidad y la imagen ante la circulación de material en internet. Y amparado en leyes que protegen la identidad, la dignidad y la propia imagen de menores de edad (Convención sobre los Derechos del Niño), el Juzgado de Familia de Paso de los Libres, cuya titular es la Dra. Marta Legarreta, ordenó a Emanuel Polo, a que “elimine dentro del plazo de 24 hs de notificado de la red social Facebook, todo contenido referido a las adolescentes –en actuaciones judiciales que se están llevando a cabo- como también en cualquier red social o plataforma bajo su titularidad”.
La medida alcanza a una familiar de las menores en cuestión, como al nombrado, y prohíbe expresamente “difundir o compartir por cualquier medio contenido que permita identificar directa o indirectamente a las adolescentes o que se reproduzcan constancias, registros o audiencia de estas actuaciones”.
En sus argumentos, la magistrada, sostuvo “este juzgado ya ha adoptado medidas urgentes para hacer cesar la exposición digital de las adolescentes y la que aquí se dispone, se ajusta a lo estrictamente necesario. Se ordenará eliminar las dos publicaciones individualizadas, y todo otro contenido referido a las adolescentes o a estas actuaciones, y se prohibirá difundir en el futuro, datos, imágenes, audios, escritos, o constancias que permitan identificarlas, prohibición que se hará saber a los medios periodísticos locales, sin restricción alguna para informar u opinar sobre cuestiones de interés público, que no conduzcan a identificarlas”.
Todo ello en línea, por lo solicitado por la Asesora de Menores, Dra. Fiorella Cusinato, quien peticionó a la magistrada que los medios periodísticos, no publiquen contenidos en el futuro que permitan identificar a las víctimas (menores de edad).
Asimismo se le hace saber a los medios periodísticos y se hace lugar a la actuación de la Unidad Fiscal ante el eventual incumplimiento de la orden judicial
Emanuel Polo, se encuentra en la actualidad con arresto domiciliario, y sobre él pesan dos condenas firmes: Atentado contra la Autoridad agravado por haber puesto manos en la Autoridad” y “Desobediencia Judicial reiterada”, por el cual fue condenado a dos años y seis meses de prisión. La otra por “Lesiones leves doblemente agravadas por la relación de pareja y mediar violencia de género, en concurso real con amenazas simples”, cuya victima fuera su expareja, ella embarazada de ocho meses al momento del hecho; por este último hecho fue condenado a dos años de prisión en suspenso. Polo, publicó un video de una audiencia judicial, en el que expone a las adolescentes, permitiendo su directa identificación.
El pasado viernes, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, a través de un fallo, había ordenado, no difundir contenidos que permitan identificar a un niño vinculado con un caso reciente, y dispuso “que medios provinciales y nacionales se abstengan de publicar, reproducir o compartir imágenes, videos, audios, datos o cualquier contenido que permita identificar al niño. La prohibición alcanza a sitios web, blogs, foros, redes sociales y todas las plataformas digitales”.
En sus fundamentos, el STJ, subrayó “que la intervención estatal debe ser proactiva y eficaz, con el interés superior del niño como eje. La medida apunta especialmente a evitar los riesgos derivados de la difusión de información personal en redes sociales”.
Por Ignacio Villanueva
Jueves, 8 de octubre de 2026