Judiciales
Confirman condenas a “Los Taborda” por el crimen de Oscar Romero
Se trata de dos hombres: tío y sobrino. Horacio Taborda, fue condenado a diez años y ocho meses de prisión, por instigación al homicidio, mientras que Daniel Taborda, fue condenado a la pena de 12 años de prisión, por homicidio agravado, vinculado al mismo hecho. Ocurrió en diciembre del 2014, en inmediaciones de Pasaje Insaurralde y Mitre. Ambos familiares, irrumpieron armados en el vecindario, uno de ellos comenzó a realizar disparos al aire, profiriendo amenazas a los presentes, momento en que la víctima, Oscar Romero, intervino en el hecho, y recibió un disparo, que luego le provocó la muerte. Las defensas de ambos, consideraron arbitrarias las sentencias y apelaron. Ahora el Superior Tribunal de Justicia, ratificó las condenas dispuestas por el Tribunal de Juicio de Paso de los Libres.
Jueves, 4 de noviembre de 2021

Ocurrió el 13 de diciembre del 2014, en inmediaciones de Pasaje Insaurralde y Mitre al fondo, siendo aproximadamente las 19:30 hs, oportunidad en que se hace presente, Daniel Taborda (sobrino), de apodo “Pililo”, portando ilegítimamente por no tener autorización legal, un arma de fuego, calibre 32 corto, en compañía de Horacio Taborda (tío), quien llevaba un machete grande, éste último, comenzó a amenazar al vecindario, manifestando que “eran los Taborda, y que nadie los iba a tocar, que iban a matar a todos los sinvergüenzas y ladrones”, efectuando disparos al aire Daniel Taborda, circunstancia en que Andrea Godoy, se hallaba sentada en la vereda de su domicilio, y les solicita que se retiren del lugar, porque habían criaturas cerca, momentos en que Daniel Taborda, se para frente a la misma, le apunta con el arma de fuego y le dice “cállate la c….. de tu m…., la p… que te p….”, ocasión en que Oscar Romero, que se hallaba observando los hechos, le arroja un temolar en la cabeza a Daniel Taborda, por lo que gira hacia Romero, oportunidad en que Horacio Taborda, lo instiga, manifestándole “tirale, matalo matalo a este chorro”, reforzando la idea de darle muerte, efectuando Daniel Taborda, varios disparos con el arma de fuego que portaba, logrando impactar con uno de ellos, al cuerpo de la víctima Romero, quien manifiesta “porque me pegas a mí, sino tengo nada que ver”, cayendo al piso producto de la herida de proyectil, que provoca su deceso por paro cardiorespiratorio.
Luego, en septiembre del 2018, el Tribunal Oral y Penal (hoy Tribunal de Juicio), condenó a Daniel Taborda, a la pena de doce (12) años de prisión por hallarlo penalmente responsable del delito de “Homicidio agravado por el uso de arma de fuego y portación ilegítima de arma de fuego categorizada de uso civil” y a Horacio Taborda, a la pena de diez años (10) y ocho (8) meses de prisión, por hallarlo instigador penalmente responsable del delito de “Homicidio agravado por el uso de arma de fuego”.
Las defensas de ambos imputados, apelaron las sentencias ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia.
En primer lugar la defensa de Horacio Taborda argumenta que la sentencia es arbitraria cuando fundamenta la instigación del imputado.
También plantea que la fundamentación de la sentencia es defectuosa.
Por su parte, la defensa técnica de Daniel Taborda, sostiene que su defendido, actuó en legítima defensa de tercero, y agrega que no se probó el delito de “portación de arma de fuego”.
Ahora el STJ, ratificó ambas condenas, y afirmó en uno de los párrafos de su resolución “la sentencia no adolece de fundamentación, se puede estar de acuerdo o no, en un todo o en parte, pero no es nula por falta de fundamentación, la disconformidad en sí misma, no habilita al análisis de una causal de nulidad” y añade “No se puede agraviar por la sola motivación de no estar de acuerdo con el razonamiento efectuado por el tribunal. Por ello, es que la sentencia en su conformación es inamovible en sus fundamentos. Encontrándose probada, la autoría del imputado, relaciona razonadamente, las probanzas en la responsabilidad del autor, su calificación legal y por último su correspondiente pena”.
Por Ignacio Villanueva
Jueves, 4 de noviembre de 2021